Cómo hacer la declaración trimestral de IVA

Cómo hacer la declaración trimestral de IVA

Hacienda exige tanto a autónomos como a empresas la declaración trimestral de IVA a excepción de las grandes empresas que deben declarar el impuesto mensualmente. Los meses propuestos para ajustar números con la AEAT son enero, abril, julio y octubre, fecha en la cual se debe abonar la diferencia entre el IVA que ha cobrado y el que ha soportado.

Este Impuesto sobre el Valor Añadido se debe presentar en los veinte primeros días del mes siguiente. Es decir, que este mes de abril empieza el plazo para presentar la liquidación trimestral de los meses de enero, febrero y marzo.

La autoliquidación del IVA se debe presentar a través del modelo 303. La declaración es relativamente sencilla de cumplimentar, solo debes contar con la información adecuada.

Debemos aclarar que el IVA no se paga, sino que se devuelve y es un error común pensar lo contrario. Por cada factura cobrada a un cliente se obtiene el IVA que luego debe ser devuelto a hacienda en el tiempo pertinente.

¿Cómo presentar la declaración trimestral de IVA?

declaración trimestral de IVA en forma electrónica

Se puede presentar la declaración trimestral de IVA en forma electrónica, accediendo al formulario web del Modelo 303 disponible en la Sede Electrónica o en forma presencial obteniendo el Modelo 303 generado mediante la utilización del servicio de impresión ubicado en la Sede Electrónica.

Algunas personas físicas o entidades están obligadas a la presentación electrónica por Internet con un certificado electrónico reconocido (certificado electrónico o DNI-e).

Personas físicas. En caso de no estar obligadas a utilizar certificado electrónico, podrán presentar sus declaraciones mediante la utilización de Cl@ve PIN o con el formulario del modelo 303 impreso.

Entidades. En caso de no estar obligadas a certificado electrónico, podrán presentar su declaración, mediante la presentación del formulario del modelo 303 impreso.

La información detallada de cumplimentación y presentación electrónica del impuesto lo puedes ver en nuestro articulo Modelo 303. IVA. Autoliquidación. Si piensas hacer la declaración presencialmente, te dejamos el Modelo 303 pdf (como recurso informativo) y una vez rellenada la declaración, deberá ser pertinentemente firmada y entregada en una entidad bancaria.

Modelo 303 de declaración trimestral de IVA

Modelo 303 de impuestos en hacienda

Como hemos comentado anteriormente, el tributo recae sobre el consumidor ya que grava el consumo y el empresario hace el trabajo de recaudar y llevarlo a hacienda. Sin embargo, también pueden actuar como consumidores, en este caso deberán pagar la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado.

Todas estas actividades deberán aparecer reflejadas en el modelo 303. Para acceder a este modelo hay que entrar a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, a través de una clave PIN o de un certificado electrónico, se puede comenzar a completar el modelo.

Al momento de comenzar a cumplimentar la declaración trimestral del IVA, encontraras que el modelo 303 se divide en 4 grandes bloques:

  1. Identificación. Datos personales, NIF, ejercicio de devengo y periodo.
  2. Devengo. Se expresa el año y periodo del ejercicio
  3. Liquidación. IVA deducible, cuyo sumatorio se calcula de la misma manera anterior, indicando el total en la casilla correspondiente. IVA devengado, donde se pide el sumatorio de la base imponible (precio del producto o servicio) y el tipo impositivo (que puede ser superreducido del 4%, reducido del 10% o general del 21%). Si facturaste 12000 euros con un 21% de IVA, el resultado sería 2520 euros devengados. Y finalmente debes declarar la diferencia entre IVA devengado e IVA deducible.
  4. Resultado. Si el resultado es positivo, deberá ser abonado desde una entidad bancaria a la Agencia Tributaria y sólo si se ha obtenido ingresos durante el ejercicio. En caso contrario, pueden darse tres casos: Resultado cero o sin actividad, a compensar en la siguiente declaración o Solicitud de devolución.

Recomendaciones en el llenado del Modelo 303

Debes poner especial cuidado a la cuarta sección del modelo que corresponde al IVA devengado y deducible, donde se deberá determinar el IVA, es decir, aquel aplicado a los clientes y el soportado deducible que has pagado a tus proveedores.

Generalmente, en la declaración final del año, la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado es positivo. Pero, en caso de que la declaración salga negativa, el contribuyente puede solicitar la devolución a hacienda.

En caso de no solicitar la devolución, el importe acumulado se compensará en los ejercicios siguientes. Sobre esta cuestión hay que tener en cuenta que únicamente se guarda durante cuatro años.

Tipo de Régimen: General o Simplificado

Durante la declaración trimestral de IVA, debes reconocer a qué tipo de régimen fiscal está sujeto tu empresa en función de la actividad que desempeñe. Veamos a que se refiere cada uno de ellos:

Régimen General del IVA es el que se aplica cuando la actividad de la empresa no está adherido a ningún régimen especial o en el caso haber renunciado a él o haber quedado excluido.

Régimen Simplificado de IVA es un tipo de régimen fiscal en el que se aplica a las personas físicas o empresas que se encuentren en régimen de atribución de rentas o cuya actividad se encuentre dentro de las establecidas como régimen especial.

También existen otras condiciones en cuanto a tu situación como contribuyente: Concurso de acreedores, Inscrito en el registro de devolución mensual, Régimen de IVA de caja y Autoliquidación conjunta.

Importancia del modelo 390 en la declaración del IVA

Importancia del modelo 390 en la declaración del IVA

El Modelo 390 es un documento de carácter informativo que se presenta de forma anual para grabar la autoliquidación del IVA. Este modelo se debe presentar obligatoriamente en el mes de enero y su información es un resumen de las declaraciones trimestrales del IVA que se han efectuado a lo largo del año.

En resumen, todo autónomo está obligado a declarar lo que factura teniendo en cuenta la fecha de emisión de la factura, independientemente de cuando la cobre.

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