Impuesto Predial ¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve el Impuesto Predial?

El impuesto predial o Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), son tributos anuales que debe pagar el dueño de una propiedad al ayuntamiento. Este organismo del Estado es el encargado de fijar la cuantía del impuesto y en algunos casos permitir el fraccionamiento del pago.

El importe de este impuesto predial se calcula en base al valor catastral del inmueble y nunca puede ser superior al precio del inmueble en el mercado. El monto del IBI de una propiedad se obtiene principalmente a partir del valor del suelo y el valor de las construcciones aledañas.

Existen algunos inmuebles que están exentos del pago del impuesto predial, como: aquellos que pertenecen al Estado, las comunidades autónomas, la Cruz Roja, los bienes pertenecientes a la Iglesia Católica y de interés cultural, los bienes comunales y aquellos sujetos a exenciones internacionales.

Este impuesto sirve para recaudar dinero y brindar recursos a las autoridades, con la finalidad de ayudar a garantizar la calidad de vida de los habitantes. El pago de este impuesto es la principal fuente de ingreso de los ayuntamientos.

Características del impuesto predial (IBI)

Si eres propietario de un inmueble, es importante que conozcas muy bien los diferentes gastos que esto implica. El impuesto predial es uno de los pagos obligatorios que debes realizar para evitar sanciones. Algunas de las características principales de esta contribución, son:

  • El pago es anual y la fecha para tributar será determinada por cada ayuntamiento. Por ejemplo, en Madrid el período de pago está comprendido entre el 1 de octubre y el 2 de diciembre, a diferencia de Valencia cuyo período se establece desde el 1 de marzo hasta el 31 de abril.
  • El pago del impuesto predial debe ser realizado por el titular del inmueble. En caso de estar alquilado, el inquilino no podrá cancelar dicho impuesto.
  • El valor del importe también está determinado por la cantidad de habitantes que tenga el municipio, es decir, los impuestos serán más altos en grandes ciudades.
  • La recaudación realizada es de carácter municipal.
  • Cada vivienda tiene un valor catastral distinto y los coeficientes que se aplican a este valor están entre 0,4% y 1,3%.
  • El valor catastral para calcular el impuesto predial está basando en: ubicación, valor actual, materiales de la construcción, antigüedad, entre otros.
  • El IBI es un valor variable que tiene a incrementar de forma constante.

Es importante recordar que los pagos realizados fuera del período establecido por el organismo correspondiente tendrán un recargo como modo de sanción: recargo ejecutivo del 5 % (pagos antes de la notificación de providencia), recargo de apremio del 10% (transcurrido entre 3 y 6 meses de la fecha estipulada) y recargo de apremio del 20% (transcurridos más de 6 meses).

Cómo y dónde pagar el impuesto predial

El pago del IBI se realiza usando el recibo enviado por el ayuntamiento y el trámite se hace: de manera presencial, desde internet, por teléfono o a través domiciliación bancaria. Para cada caso tenemos:

Presencial: el pago se realiza en ventanilla bancaria, acudiendo personalmente a cualquier entidad asociada.

Domiciliación bancaria: esta es la opción más utilizada, con la domiciliación el pago es debitado directamente de la cuenta bancaria del propietario. La gestión la debes hacer a través de la página web del ayuntamiento que te corresponda, solamente deberás ingresar el DNI, la referencia catastral del inmueble y el código de identificación otorgado por el ayuntamiento.

En línea: usando el recibo enviado por el ayuntamiento, puedes pagar virtualmente por la banca electrónica en cualquiera de las entidades financieras autorizadas (Banco Santander, S.A., Banco Sabadell, CaixaBank, S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Ibercaja Banco, S.A.) o con el certificado digital.

Vía telefónica: La cancelación se hace a través de tarjetas de crédito o débito llamando a la red bancaria de la entidad.

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