Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente

La declaración del Modelo 210 es para toda persona o entidad propietaria de bienes, que realice rentas de inmuebles en España y no se encuentren dentro del territorio español. Esta obligación fiscal debe ser tramitada ante la Agencia Tributaria con importes expresados en euros.

CONTENIDO

Requisitos para saber si eres o no residente fiscal

La ley establece ciertos requisitos que se deben cumplir para saber si eres residente fiscal español. Dentro de los cuales están:

  • Todo aquel que tenga permanencia más de 183 días al año en España
  • Aquellos que sus actividades económicas se encuentren en España de forma directa o indirecta   
  • Conyugue en unión legal, con hijos dependientes menores de edad

Plazo para presentar el Modelo 210

Los lapsos para presentar el Modelo 210 van a depender del tipo de renta a declarar por el contribuyente. Si la renta es derivada de una venta, el plazo es de 3 meses después del plazo de un mes dado desde de la fecha de transmisión.

Para inmuebles que se encuentran vacíos, la declaración se establece por el período que no estuvieron alquilados, en el año siguiente a la fecha de devengo. En caso de rentas por alquiler la declaración se debe realizar en enero, abril, julio y octubre durante los primeros veinte días naturales.

¿Cómo presentar el Modelo 210?

La presentación del Modelo 210 puede realizarse en forma telemática a través de Internet, utilizando una firma electrónica para acceder al sistema. También puedes cumplimentar e imprimir el formulario en la página de la Agencia Tributaria y entregarlo personalmente en las oficinas correspondientes.

Tanto la declaración telemática como la presentada en papel, deben cumplimentarse a través del portal web de Hacienda, ingresa aquí para visualizar los diferentes trámites y presentaciones del Modelo 210.

Presentación telemática

Antes de comenzar a rellenar el formato electrónico, recuerda obtener el certificado de identificación o DNI para ingresar al sistema. Una vez que hayas accedido al Modelo 210, ubica la sección “Trámites” y presiona la presentación correspondiente a la declaración que vayas a efectuar.

Presentación telemática del Modelo 210

En este apartado comienza cumplimentando los datos de la “Persona que realiza la autoliquidación”, como son: NIF, apellidos y nombres o razón social, además de la condición en la que se encuentra el contribuyente.

Datos de autoliquidación del Modelo 210

En el renglón “Devengo” debes incluir los datos de la renta de acuerdo a:

Agrupación: Permite agrupar las rentas obtenidas. Marca con una X el recuadro

Período: Se indica las rentas denegadas durante un trimestre o un año natural

Ejercicio de devengo: Selecciona el año de ejercicio de la autoliquidación

Fecha de devengo: Con el formato día/mes/año indica la fecha de devengo de la declaración

Datos de la renta del Modelo 210

Seguidamente en el apartado “Renta obtenida”, indica el tipo de renta y el tipo de divisas que usarás para efectuar el pago. Si tienes dudas en la cumplimentación de estos datos, sigue las instrucciones que aquí te dejamos.

Tipo de renta del Modelo 210

Sin salir de autoliquidación encontrarás los tipos de declaración. Selecciona “A Ingresar”, pero para esta opción es necesario que dispongas primero del número de referencia completo (NRC) que te facilita la entidad bancaria. Como primer paso ingresa el “Importe” a pagar.

Si no tiene el NRC, dentro del formulario tienes un botón para generarlo de manera automática a partir de los datos que ya declaraste. Pulsa en «Realizar pago (obtener NRC)» y obtendrás tu justificante de pago.

Importe a ingresar en Modelo 210

Para saber si tienes errores en la cumplimentación de los datos en el Modelo 210, presiona en “Validar declaración”. Si efectivamente cometiste alguna equivocación se te habilitará la pestaña “Errores” con la descripción de lo ocurrido.

Errores y avisos del modelo 210

Para corregir los errores selecciona “Ir al error”, desde esa casilla podrás modificar los datos cumplimentados previamente. Si no tuviste ningún error el sistema te arrojará el mensaje “No existen errores”.

Descartar errores en el Modelo 210

Para finalizar la declaración, presiona “Firmar y Enviar”. Es importante que verifiques los datos antes de dar clic a esta opción. El sistema te va a generar varios avisos antes de presentar el formulario.

Firmar la declaración del Modelo 210

A continuación, se abrirá una nueva ventana. Marca “Conforme” para realizar la confirmación de la declaración del Modelo 210. Finalmente, pulsa “Firmar y Enviar” para culminar el proceso de declaración y generar el PDF con la información de la presentación.

Conformar el Modelo 210

Presentación en papel

El formulario para la presentación en papel, lo podrás conseguir ingresando a la misma página web de la presentación telemática, selecciona la opción que se ajuste a tu pago en la sección de “Predeclaración”.

Predeclaración del modelo 210

Cumplimenta los datos solicitados para generar el PDF y por seguridad, deberás firmar y escribir el NIF en todos los ejemplares luego de la impresión. Desde este enlace ingresa al formulario para la presentación en papel del Modelo 210.

Este formato lo puedes presentar en las oficinas colaboradoras o en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que en este caso es el órgano responsable. Es importante que tengas el certificado de residencia que deberás adjuntar con la autoliquidación.

5 comentarios en «Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de no Residentes»

  1. Buenos dias,
    Queria liquidar el impuesto del formulario 210 de no residentes de mi padre fallecido en el 2019. Al final del formulario tengo el 0000 no errores pero no me dan la clave firmar a bajo a la derecha, solo me dan para pulsar la predeclaracion…. no se como llegar a pagar ese impuesto ya que estoy en francia y trto de hacerlo por internet pero no pasa nada despues de haber dado al validar declaracion…. Que puedo hacer???
    Muchas gracias, un cordial saludo

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    • Hola Nathalia. En el formulario 210, tanto la declaración telemática como la presentada en papel, deben cumplimentarse a través del portal web de Hacienda.
      En tu caso es muy probable que, al iniciar el trámite ingresaste a la misma página web de la presentación telemática, pero seleccionaste la opción que se ajuste a tu pago en la sección de “Predeclaración” en lugar de «Presentación devengos».

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  2. Hola
    Al no ser residente espanol se me ha retenido el 3% de la venta de una propiedad en espana,
    En el modelo 210 al valor de transmision debo restarle tambien el 3% retenido?
    Saludos

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    • Julian, debes tener en cuenta que la persona que compro tu inmueble, sea o no residente, está obligada a retener e ingresar en el Tesoro Público el 3% de la contraprestación acordada. Esta retención tiene para ti el carácter de pago a cuenta del impuesto que corresponda por la ganancia derivada de la transmisión. Por tanto, en el modelo 210 se debe haber ingresado la retención, a fin de que puedas deducir esta retención de la cuota a ingresar resultante de la declaración de la venta.

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  3. Buenos días,

    En el apartado de Liquidación cuál es el tipo de gravamen Ley IRNR (%) y en que escritura figura, por favor? También cuál sería por favor la cuota íntegra, la cuota Ley IRNR, la cuota reducida. Por otro lado como puedo saber qué he de poner en retenciones e ingresos a cuenta y en resultado de la autoliquidación?

    Muchas gracias de antemano,

    Un saludo

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