Si tienes deudas con Hacienda y no lo pagaste a tiempo, tienes una deuda morosa. Posiblemente, recibas una notificación donde se te informa cuánto debes y cómo puedes pagar. Si haces caso omiso, podrían embargarte la nómina, tu cuenta bancaria o emitir un embargo de créditos a terceros.
Sin embargo, en muchas ocasiones no se recibe ninguna notificación y las personas desconocen que deben dinero a Hacienda, tal vez por descuido de algún pago pendiente.
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¿Cómo saber si tengo una deuda con Hacienda?
Si desconoces alguna deuda pendiente con la Agencia Tributaria, puedes poner atención a determinadas situaciones que te pueden dar pistas que algo no va bien con Hacienda. Antes de sufrir sanciones, presta especial atención a las siguientes situaciones:
- Nómina y/o cuenta bancaria embargada.
- Rechazo de créditos, prestamos e hipotecas.
- Solicitud de financiación bancaria negada
- Bloqueo de pagos pendientes por recibir de Hacienda.
Puedes comprobar tus deudas con Hacienda de forma telemática con un certificado electrónico o presencial acudiendo a la oficina de la Agencia Tributaria más cercana. Independientemente la opción que elijas, encontrarás la información de la deuda, el importe pendiente de pago y que plazo dispones para saldarla.
Comprobar deudas con Hacienda de forma telemática
Para saber los detalles del importe de tu deuda, ingresa en la web de la Agencia Tributaria > Procedimiento de apremio y haz clic sobre la sección “Consultar deudas”. Identifícate con tu DNI o certificado electrónico y revisa toda tu información tributaria.
En caso de presentar deudas pendientes con Hacienda, puedes hacer el abono de manera inmediata vía online.
Comprobar deudas con Hacienda de forma presencial
Si prefieres acudir personalmente a la oficina de la Agencia Tributaria a resolver tus dudas, deberás solicitar una cita previa. Para ello, ingresa en la web de la Agencia Tributaria > Cita previa y haz clic sobre la sección “Solicitud de cita previa para particulares”.
También podrás solicitar cita a través de la app «Agencia Tributaria» o llamando a los números de teléfono 91 290 13 40 / 901 200 351. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
En caso de presentar deudas pendientes con Hacienda, puedes realizar el trámite de abono de la deuda el mismo día.
¿Cuánto se puede aplazar una deuda con Hacienda?
Lo mejor que puedes hacer es salir lo antes posible de tus deudas con Hacienda. Pero, si te has liado, puedes solicitar un fraccionamiento o aplazo de las mismas, antes de que acabe el plazo fijado para su ingreso (en periodo de pago voluntario) o antes de la notificación de la enajenación de los bienes embargados (en periodo de pago ejecutivo).
El fraccionamiento de la deuda, significa llegar a un acuerdo con el Ayuntamiento, para que puedas pagar tu deuda en cuotas mensuales. Te pueden otorgar un plazo máximo de 60 meses.
El aplazamiento de la deuda, significa llegar a un acuerdo con el Ayuntamiento para que te concedan un tiempo extra para el pago de tu deuda posterior al vencimiento. Este tiempo extra será de 6 a 12 meses, dependiendo del monto de la deuda, de la siguiente forma:
Monto de la Deuda | Tiempo máximo de aplazo |
---|---|
350€ – 3.000€ | 6 meses |
3.000,01€ – 6.000€ | 9 meses |
6000,01€ – 10.000€ | 12 meses |
La presentación de solicitudes las puedes hacer a través del Registro electrónico.
NOTA: Tanto el acuerdo de fraccionamiento como el de aplazamiento genera intereses de demora.
¿Cuáles son las consecuencias de no pagar tus deudas?
Si no logras pagar tu deuda dentro de los periodos de tiempo solicitados, la Agencia Tributaria procederá al temido embargo de tus bienes, según el siguiente orden:
- Dinero efectivo o en cuentas bancarias.
- Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo.
- Sueldos y pensiones.
- Inmuebles.
- Intereses, rentas y frutos de toda especie.
- Establecimientos mercantiles o industriales.
- Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades.
- Bienes muebles y semovientes.
- Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo.