Modelo 150. IRPF. Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español

Modelo 150. IRPF. Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español

El modelo 150 es utilizado por trabajadores desplazados a territorio español con anterioridad al 1 de enero de 2015 y que hayan optado por contribuir al IRPF. Para fechas posteriores deben utilizar el modelo 151.

Es aplicable a todas las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España, que mantengan su condición de contribuyentes del IRPF durante el periodo de cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes.

La presentación de esta comunicación obedece a las siguientes 3 condiciones:

1.- No haber sido residentes en España durante diez períodos impositivos anteriores a su desplazamiento a territorio español.

2.- Que su desplazamiento a España sea consecuencia de un contrato de trabajo y se inicie una relación laboral o tenga condición de administrador de una entidad en cuyo capital no participe.

3.- Que no obtenga rentas mediante un EP situado en territorio español.

Este modelo también se utiliza para renunciar a este régimen o cuando el trabajador sea excluido por incumplir alguna de las condiciones de su aplicación.

¿Quiénes deben presentarlo?

Están obligados a cumplimentar y presentar el modelo 150 a la agencia tributaria, aquellos desplazados a España, que hayan optado (hasta el 31/12/2014) por tributar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Bajo este régimen especial, los trabajadores desplazados tendrán la oportunidad de tener su residencia fiscal en España, siempre y cuando se cumplan las condiciones antes descritas.

¿Cuándo y cómo presentar el Modelo 150?

Este modelo debe presentarse entre el momento del desplazamiento al territorio español y los 183 días siguientes, en algunos de estos lugares:

  • Agencias tributarias (Oficinas de Hacienda).
  • La plataforma de la Sede Electrónica de la AEAT.
  • Oficinas de Correos.
  • Entidades colaboradoras.

Descarga el Modelo 150 pdf, cumpliméntalo y preséntalo en el lugar correspondiente.

Presentar el modelo 150 de forma telemática

Para cumplimentar y presentar el modelo 150 telemáticamente, debes ingresar a la página oficial de la Sede Electrónica de la Agencia tributaria. Puedes acceder con Cl@ve PIN, certificado electrónico de identificación o DNI electrónico.

Presentación en la Sede Electrónica del modelo 150

Para iniciar la presentación telemática del modelo 150, pincha en la pestaña “Trámites” y después en “Presentar Declaración”. Sigue los pasos que te damos a continuación.

Instrucciones para cumplimentar el Modelo 150.

Ahora vamos a explicarte todo lo que debes saber acerca de cómo rellenar modelo 150 paso a paso.

1.- Contribuyente. El primer apartado de la planilla que encontrarás será “Contribuyente”, donde deberás rellenar los campos con tus datos personales como el NIF, apellidos y nombre. Completa la sección con los datos de tu domicilio actual. Si vives fuera de españa, llena el apartado domicilio en el extranjero.

En el apartado “Ejercicio”, coloca el año de ejercicio, género y fecha de nacimiento del declarante.

Datos personales del contribuyente al modelo 150

2.- Representante. Si el modelo es presentado por un representante, cumplimenta con los datos del mismo en la siguiente sección. Si el declarante ha fallecido, pueden representarlo los herederos o legatarios.

Datos del representante en la AEAT

3.- Ciudad de residencia en el ejercicio. Debes colocar la clave numérica correspondiente al lugar de residencia.

Ciudad de residencia del servicio

Cada Comunidad o Ciudad Autónoma está representada con un numero clave, de la siguiente manera:

COMUNIDAD AUTÓNOMA CLAVE
Andalucía01
Aragón02
Principado de Asturias03
Islas Baleares

04
Canarias05
Cantabria
06
Castilla-La Mancha
07
Castilla y León
08
Cataluña
09
Extremadura
10
Galicia
11
Madrid
12
Región de Murcia
13
La Rioja
16
Comunidad Valenciana
17
Ciudad de Ceuta
18
Ciudad de Melilla
19

4.- Asignación tributaria a la iglesia católica. Solo debes marcar esta casilla si estás dispuesto a destinar un porcentaje para la ayuda económica de la Iglesia Católica.

ayuda económica de la Iglesia Católica a través del modelo 150

5.- Asignación de cantidades a fines sociales. Marca está casilla si estás decidido a dar un porcentaje a fines sociales.

porcentaje a fines sociales

6.- Declaración complementaria. Esta sección debe ser usada si la declaración es complementaria de otra anterior. Si es tu caso y el resultado de esta declaración complementaria es una cantidad menor a la solicitada en la declaración anterior que no haya efectuado la Administración Tributaria, marca la casilla.  

Declaración complementaria de un ejercicio anterior con el modelo 150

7.- Fecha y firma. Rellena este espacio con el lugar, la fecha y finalmente tu firma. Recuerda que al firmar estas manifestando que los datos aportados son ciertos.

Confirmar los datos aportados en el modelo 150

En la siguiente página, te piden declarar los rendimientos y rentas imputadas, así como las rentas de actividades económicas con deducción de gastos.

Rendimientos en ejercicio
Rentas durante el ejercicio

En ella debes declarar los rendimientos positivos y rentas imputadas. Recuerda que las rentas positivas y negativas se declaran separadamente.

Más adelante te piden declarar las ganancias por transmisiones, reembolso o participaciones en sociedades, incluyendo premios obtenidos.

Ganancias por ingreso declarado en el modelo 150

También, en el siguiente apartado, debes declarar las rentas que se derivan de bienes inmuebles. Para cada inmueble debes rellenar un apartado distinto.

rentas derivadas de inmuebles

Aquí deberás colocar los valores de transmisión, adquisición, la diferencia y la ganancia de cada inmueble.

Por último, en la página 4, cumplimenta los espacios dedicados a: resto de ganancias, resultado de la declaración y declaración complementaria.

resto de ganancias declarados en el modelo 150

Para disipar cualquier duda que puedas presentar al momento de cumplimentar, sigue las instrucciones para rellenar el Modelo 150.

Esto es todo lo que necesitas saber para cumplimentar el modelo 150 y presentarlo ante la Administración tributaria, esperamos haberte ayudado en esta oportunidad.

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